02 abril 2012

Las grietas de una sentencia: Caso Marta del Castillo

   ¿Es la justicia un ideal platónico? La sociedad española se hace esta pregunta tras la publicación de una sentencia de ciento cuarenta y dos páginas plagada de contradicciones y desaciertos. La sentencia por el caso de Marta del Castillo. El Ministerio Fiscal formuló en sus conclusiones definitivas que los hechos relatados eran constitutivos de asesinato, agresión sexual, encubrimiento, amenazas condicionales y delito contra la integridad moral. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Sevilla únicamente ha condenado a Miguel Carcaño como “autor responsable de un delito de asesinato, definido y circunstanciado, a las penas de veinte años de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo, y la prohibición de residir en la misma localidad o ciudad donde lo hagan los padres y las hermanas de Dª Marta del Castillo por espacio de 30 años, así como de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse por cualquier medio con ellos por el mismo espacio de tiempo, así como al pago de 1/7 parte de las costas causadas (…) En el orden civil D. Miguel Carcaño Delgado indemnizará a D. Antonio Abad del Castillo y Dª Eva Casanueva en 140.000 euros a cada uno de ellos y a L. y M. en 30.000 euros para cada una de ellas, por el daño moral causado por la muerte y desaparición de Dª Marta del Castillo”

   Si bien es necesario en un Estado de Derecho como el nuestro mostrar un respeto por las decisiones judiciales, parece que este caso se ha pretendido zanjar a golpe de contradicciones. Esa es la sensación general. La justicia se nos presenta como una gran desconocida, selectiva a la hora de relatar los hechos y de las principales pruebas que imputaban a unos u otros. El arma homicida nunca apareció y las diferentes versiones proporcionadas por los implicados han distorsionado una verdad que la justicia no ha podido dilucidar. ¿Fue realmente un cenicero el objeto empleado por Miguel Carcaño para matar a Marta del Castillo?, ¿Por qué se ha absuelto a Samuel Benítez alegando que estaba en Montequinto cuando se han desechado a ciertos testigos y llamadas que le ponían entre la espada y la pared?, ¿Por qué se ha prescindido de las dos declaraciones de este chico en sede policial cuando a los jueces les queda claro que nadie le maltrató ni le obligó a autoinculparse?, ¿Por qué creerse que la novia del hermano de Carcaño estaba dormida y no se enteró de lo que sucedía en el piso si una llamada telefónica demuestra que estuvo hablando a las dos de la madrugada con su pareja?, ¿Por qué la absolución de Francisco Javier, hermano de Carcaño, cuando un taxista reconocía en el juicio haberle llevado la fatídica noche a la calle León XIII?

   La polémica es aún mayor si de un único caso se desprenden dos sentencias diferentes, la del menor en la que se condena a éste por encubrimiento y la de los otros imputados (mayores de edad) en la que sólo se condena a Miguel Carcaño. El relato de los hechos difiere en ambas y quebranta el principio de seguridad jurídica. Es la ausencia de toda lógica. Dicen que la justicia no tiene quién la explique. Y más cuando, en casos como éste, se arrincona a una familia que no ha podido completar su duelo porque no tienen un sitio al que llevar flores. Y todo porque unos chavales ignorantes y paletos han mantenido un pacto de silencio y se mantienen fieles al mismo (demasiadas consideraciones hacia ellos), ajenos a la verdad y sin mostrar el mínimo interés por confesar dónde está el cuerpo de la que ellos llamaban su amiga. 

   Una excesiva protección a los menores y de nuevo unos grandes olvidados, las víctimas del caso. Y ellos pueden cambiar su declaración cuando les venga en gana, mentir sobre el paradero de un cuerpo que aún no ha aparecido, reírse de la policía y de la mismísima justicia. Y de jurado popular pasamos a tribunal profesional porque se dio especial relevancia a una violación que más tarde no pudo ser probada. Y en función de la Ley del menor se instruyeron dos procedimientos diferentes. El Cuco como mero encubridor de Carcaño y el principal imputado como homicida con agravante de superioridad. Y más grave es la afirmación por parte de la verdad judicial de que existe un culpable que anda suelto (a tenor de esta frase de la sentencia): “Entre los dos y con ayuda de al menos de un tercero desconocido colocaron el cuerpo inerme de Dª Marta del Castillo en una silla de ruedas, que usaba la madre fallecida de D. Miguel, y de esa manera lo sacaron de la vivienda haciendo desaparecer el cadáver en lugar que se desconoce”. ¿Quién es esa tercera persona?, ¿Quién es ese desconocido que ha quedado libre?

   Entre tanta estrategia de confusión por parte de los implicados y tanto bombo a la necesidad de respetar la presunción de inocencia, la compleja trama creada y el grado de autoría de unos y otros no ha sido esclarecida con la suficiente contundencia por el órgano judicial. Los magistrados han cuestionado a la familia de Marta del Castillo por acudir a los medios de comunicación a mostrar su reprobación y descontento pero no podemos olvidar que vivimos en un país con libertad de expresión y los ciudadanos tenemos derecho a conocer la opinión de unos padres que han protagonizado en sus carnes la investigación de la desaparición de su hija, la búsqueda de culpables y diecinueve sesiones de un juicio oral que ha concluido en la resolución del descontento. Y el único condenado, Miguel Carcaño, durmiendo entre rejas y con la frialdad de haber proporcionado hasta seis versiones diferentes. Y en el aire la pregunta más importante; ¿En qué se basan los magistrados para dar credibilidad únicamente a una de sus declaraciones, credibilidad que no se sostiene para condenar al resto de imputados? Impunidad, es lo que transmite la sentencia. Y con los ojos cerrados un sistema judicial burlado y desacreditado por unos niñatos que esconden bajo su cínica sonrisa todas las claves del caso.

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